Mensaje de la Semana

"Mientras continuemos, mientras sigamos en la calle, luchando, las cosas van a cambiar".
Yon Goicoechea (UCAB)

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La libertad de expresion ha perdido las estrellas de su bandera, por eso la lucha ha de llevarse hasta la ultima instancia para lograr recuperar, la señal del canal pionero en venezuela.. por que tenemos con que... VOLVERA RCTV

Declaración Universal de Derechos Humanos...

Art. 19
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.

miércoles, 30 de enero de 2008

Libran sobreseimiento a Nixon Moreno


El Tribunal 4° de Control del estado Mérida anunció el sobreseimiento de 25 ciudadanos -entre ellos Nixon Moreno, quien se encuentra asilado en la Nunciatura Apostólica desde el año pasado- que estaban acusados de haber tomado la sede de la gobernación de esa entidad el 12 de abril de 2002.

La decisión beneficia a Pedro Sánchez, Lisandro Estupiñan, José Allen, César Guillén, Francisco Ramírez, Carlos Chirino, Esteban Torrealba, Críspulo González, Giovanny Wilchez, Yoston Rangel, Nixon Moreno, Rómulo López, Clara Peña, Jesús Rondón, José Briceño, Jorge Carvajal, José Díaz, Edilberto Moreno, Pausides Reyes, Marcos Trejo, Carlos Parra, Teodoro Vielma, Carlos Belandria, Fortunato González y Jesús Torrealba.

El juzgado atendió los argumentos que presentaron el fiscal 30 nacional, Yoraco Bauza, y el 1° de Mérida, Hugo Quintero, quienes solicitaron el beneficio el 14 de enero de este año, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 numeral 2 y 318 numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal (COPP), así como el artículo 1° literal M del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Especial de Amnistía, de fecha 31 de diciembre de 2007.

El 12 de abril de 2002 se realizó una manifestación a las puertas del Palacio de Gobierno del estado Mérida para apoyar las acciones desarrolladas en Caracas durante los sucesos que ocurrieron ese mes. Según las acusaciones, los imputados presentaron actuaciones violentas que perseguían, presuntamente, derrocar el gobierno de la mencionada entidad, y designar una junta de transición que sustituyera al ejecutivo regional.


http://www.talcualdigital.com/Avances/SeccionAvances.asp?IdAvance=29891

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